Una de las novedades de esta nueva norma es la esterilización quirúrgica de los felinos y que los perros no podrán estar solos más de 24h seguidas en casa
El pasado miércoles 29 de marzo, se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales, la llamada nueva Ley de Bienestar Animal.
El 16 de marzo la norma que regula la protección de los derechos y el bienestar de los animales se aprobó en el Congreso de los Diputados sin incluir finalmente a los perros de caza en el texto.
La ley incorpora finalmente unas cuantas novedades que entran en vigor el próximo 29 de septiembre.
¿Qué es la nueva ley española de bienestar animal?
La ley española de bienestar animal es una nueva ley que pretende regular y controlar la tenencia y trato de animales dentro de todo el territorio español. Su objetivo, tal y como se recoge en el documento oficial del BOE, es proteger y garantizar el bienestar de los animales que residen en territorio español.
Y es que, se lleva hablando meses de esta ley por la gran cantidad de polémicas que ha suscitado. Entre ellas, el listado positivo de animales de compañía.
A pesar de que la ley aún esté sujeta a cambios, hay algunos puntos que ya están determinados y que debes cumplir a partir del próximo 29 de septiembre de 2023.
1. Prohibición de dejar solo a un animal de compañía más de 3 días, 1 día en el caso de los perros
La ley prohíbe dejar sola a nuestra mascota más de 3 días o 72 horas, y menos de 24 horas para los perros. Además, también prohíbe mantener de forma habitual a nuestra mascota en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos.
2. La venta de perros, gatos y hurones solo podrá hacerse por criadores autorizados, sin la intervención de mediadores
Se prohíbe la participación de mediadores en el proceso, así como la venta por parte de particulares, o criadores sin autorización. Tampoco se podrá vender en tiendas de mascotas a perros, gatos y hurones, ni exhibirlos en vitrinas con el fin de evitar compras impulsivas que terminan en abandonos.
Sí que se permite comprar en tiendas de mascotas peces, reptiles, conejos y aves que cumplan con los requisitos para ser mascotas y en locales autorizados adecuadamente que cumplan con la nueva ley.
3. Se mantiene la clasificación de razas potencialmente peligrosas (PPP)
Uno de los cambios de última hora ha sido la modificación en el proyecto de la Ley de Bienestar Animal en lo relativo a la Ley PPP, que iba a ser sustituida por los test de sociabilidad y la nueva denominación de perro de manejo especial.
Si tu perro es de la siguiente raza o está cruzado con alguna de ellas tendrá que llevar bozal, correa corta, tener un seguro especial para PPP y no podrá pasear suelto en zonas habilitadas para perros: Pit Bull Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Fila Brasileño, Tosa Inu y Akita Inu.
Sin embargo, en la dirección general de Derechos de los Animales siguen apostando en la idea de derogar la Ley PPP para poner en marcha un test de sociabilidad para los perros clasificados como potencialmente peligrosos, así como para los perros de tamaño grande.
4. Queda terminantemente prohibido el sacrificio de animales por razones económicas
De esta manera, el sacrificio de nuestros animales de compañía solo podrá realizarse por razones de salud o médicas, nunca por un motivo financiero u económico. Tampoco se podrá eutanasiar por comportamiento, saturación del centro, vejez, lesión… entre otras causas.
5. Esterilización obligatoria de todos los gatos a partir de los seis meses
Todos los gatos tendrán la obligación de esterilizarse a partir del sexto mes de su vida, independientemente de raza, género o situación del felino.
6. Obligación de la identificación de gatos y hurones, al igual que los perros, a través de microchip
De esta manera, se tendrá un mayor control sobre gatos y hurones, como ocurre actualmente con los perros. El objetivo es reducir los abandonos, así como controlar múltiples aspectos relacionados con estos animales de compañía.
7. Curso de formación obligatorio para la tenencia responsable de perros, cuyo contenido está pendiente de definir
Todas las personas que quieran tener un perro como mascota, tendrán que acreditar haber realizado un curso obligatorio para tener perro que tendrá validez indefinida. Su objetivo es formar al ciudadano en la correcta tenencia y cuidado de su perro. Esta formación será de carácter obligatorio tanto para nuevos propietarios como para aquellos que ya conviven con su perro en sus casas. Todavía no se sabe el formato que tendrá, pero será gratuito, y aquellos que ya tienen perro en casa tendrán un plazo de dos años para hacerlo.
8. Contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil para perros – Queda pospuesta por falta de Gobierno
Si bien ya era obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil para perros en toda la Comunidad de Madrid, la ley de bienestar animal estipula que será obligatorio para todos los perros del territorio español contar con un seguro de responsabilidad civil a terceros, con el objetivo de asegurar cualquier daño que puedan causar. Sin embargo, esta norma no se aplicará el 29 de septiembre, porque es necesario desarrollar una normativa especial para ello y hasta que el Gobierno del país no esté formado esto no será posible.
En resumen, es una norma que se aplicará con el tiempo, pero no entra en vigor el próximo 29 de septiembre.
9. Elaboración futura de un listado de mascotas que pueden tenerse en casa
En el plazo máximo de 24 meses desde la entrada en vigor de la ley, se aprobará el reglamento que desarrolle un listado abierto y de ámbito estatal que indicará a la ciudadanía qué tipos de animales pueden tenerse en los hogares de los españoles, así como aquellas especies que, por mucho que hayan sido animales de compañía en el pasado, no se podrán tener a partir de la entrada en vigor de la nueva ley. Si actualmente tienes en casa roedores, tortugas, serpientes… deberás notificarlo a Medioambiente en tu comunidad para que te extiendan un permiso para poder tener a tu mascota en casa hasta su fallecimiento, pero no podrás adquirir más animales de ese tipo.
10. Los perros dedicados a actividades labores específicas, como caza, pastoreo o fuerzas de seguridad, quedan fuera de esta nueva ley
Tal y como se específica en el BOE, los perros con actividades específicas como la caza, pastoreo o seguridad quedan fuera de esta nueva ley, por lo que no tendrán que cumplir con todo lo estipulado en la misma.
11. Prohibida la venta de animales por Internet
La nueva ley es clara y contundente al respecto: la comercialización en línea de perros, gatos o de cualquier otro tipo de animal de compañía está estrictamente prohibida. Esta prohibición de la venta directa online se aplica a sitios web, directorios, portales digitales o aplicación telemática.
12. Si tienes más de cinco animales en casa tendrás que registrarte como núcleo zoológico
La ley parece indicar que los dueños de más de 5 animales tendrán que registrarte como núcleo zoológico. Si en este momento ya tienes más de 5 animales, no estarás incumpliendo la ley, pero no podrás adquirir ninguno más.
13. Registro de Criadores de Animales de Compañía
Solo están autorizados a criar animales aquellos profesionales que estén correctamente registrados en el Registro de Criadores de Animales de Compañía y cumplan con las condiciones de la actividad, los tipos de criadores y la periodicidad de camadas (todavía está por terminar de desarrollar reglamentariamente).
14. Animales que dejan de ser mascotas
Hasta el momento es cierto que no se podían tener como mascotas algunos animales como los pertenecientes a especies protegidas o invasoras, pero ahora la Nueva Ley de Protección Animal establece un listado de cuáles son los animales que sí pueden ser considerados como mascotas por los que será ilegal tener cualquiera de los no citados en dicho listado.
Los animales incluidos son los perros, gatos, hurones, especies silvestres incluidos en el listado positivo, aves de cetrería y animales de acuariofilia no incluidos en el catálogo de especies exóticas invasoras, entre otros.
Aún no se conoce el listado definitivo de animales permitidos por la ley como animales de compañía, pero sí hay algunos excluido bastante claros:
- Roedores: Tales como ratones, chinchillas o cobayas.
- Tortugas: Ya que varios estudios confirman que gran variedad de patógenos que estos reptiles llevan que pueden ser peligrosos para otras especies.
- Arañas y serpientes.
- Conejos.
- Pájaros como los periquitos o las cotorras por no ser autóctonas de España.
Recuerda: si posees alguno de los animales no incluidos en la lista, podrás seguir contando con él como animal de compañía, pero deberás informar de forma inminente a las autoridades en materia de Medio Ambiente de tu Comunidad Autónoma.